De acuerdo a la Resolución 16432 de 2015 en el numeral 4.3.3.4: Los equipos utensilios y menaje deben estar fabricados en materiales resistentes al uso y a la corrosión, así como a la utilización frecuente de los agentes de limpieza y desinfección y demás consideraciones que exija la normatividad sanitaria vigente. Los equipos menajes y dotación requeridas estarán dadas de acuerdo con la modalidad de la ración y deben ser suministrados por la Entidad Territorial, de los recursos que les giran para el Programa de Alimentación escolar. De igual manera el Decreto 1852 de 2015 en el Artículo 2.3.10.4.3 Numeral 3 establece que es una función de las Entidades Territoriales, para nuestro caso las Alcaldías Municipales "Asegurar la dotación de equipos, utensilios, y menaje necesarios para la operación del programa en las instituciones educativas priorizadas, de acuerdo con la modalidad que se este suministrando."